
La búsqueda de una conciencia jurídica universal y del Derecho internacional para la humanidad, por Cecilia M. Bailliet.
Resumen
En este post, la autora explora cómo el juez Cançado Trindade presentó sus puntos de vista sobre la conciencia jurídica universal de la humanidad y el Derecho internacional para la humanidad en sus opiniones disidentes como juez de la Corte Internacional de Justicia. Para la autora, estos conceptos contribuyen a recuperar la misión del Derecho internacional como un ámbito al servicio de las personas y no sólo de los intereses estatales.
Introducción
El juez Antônio Augusto Cançado Trindade consideraba que la evolución de una conciencia jurídica universal era de lege ferenda, progresando con la “búsqueda de la realización del bien frente al sufrimiento humano” de cada generación. Como afirma en su libro de 2020, “International Law for Humankind: Towards a new Jus Gentium“, culpó a los enfoques positivistas de la interpretación del Derecho internacional de desvincular los valores y la ética, impidiendo así que el Derecho internacional satisfaga las necesidades sociales (página 139).
En su opinión, “el Derecho internacional no se reduce, en absoluto, a un instrumento al servicio del poder; sus destinatarios finales son, en última instancia, los seres humanos, a los que incumbe satisfacer sus necesidades, entre ellas la realización de la justicia. Su “fuente” material está en la propia conciencia humana (página 141)”. Cançado Trindade caracterizó la conciencia como contraria a la injusticia y a la opresión, conteniendo un mínimo irreductible que forma una recta ratio vinculada al bien común de Aquino, a la recta razón y a la ilustración de De Vitoria y al imperativo categórico de Kant (página 143). Sugirió que la falta o ausencia de la recta ratio daba lugar a crímenes atroces, por lo que el reconocimiento de la conciencia jurídica universal era necesario para establecer un Derecho internacional para la humanidad.
